Familia

Abogados de Familia especializados en separaciones y divorcios

El derecho de familia está en constante evolución y  es el eje central de especialización de este despacho. Contamos con más de 10 años de experiencia y lo hemos logrado gracias a nuestros éxitos con un alto grado de implicación, bien como una extrema preparación prévia de cada caso que gestionamos. Pida su cita y sepa cual es nuestra forma de trabajar diferenciadora y de trato humano. 

Somos un equipo de abogadas dinámico, joven que apuesta por los mejores resultados en materia de familia. Primamos por el interés de nuestros clientes, sea por la vía de mútuo acuerdo, o bien por la via del contencioso. 

Vasta experiencia de nuestros abogados en pensiones de alimentos y pensiones compensatorias. Visite nuestro blog de noticias  y sepa mas sobre esta materia de familia, entre otros. 

Resumen de tipos de Divorcios

Divorcio de mutuo acuerdo: Es aquel en el que los cónyuges están de acuerdo en el divorcio. La demanda puede ser presentada por ambos cónyuges o por uno de ellos con el consentimiento del otro. Es necesario acompañar a la demanda un convenio regulador, en el que los cónyuges deben alcanzar un acuerdo sobre la guardia y custodia de los hijos e hijas, el régimen de visitas, las pensiones alimenticia y compensatoria, si procede, el uso de la vivienda familiar, etc. El procedimiento judicial es rápido y sencillo.

Divorcio contencioso:Es el solicitado por uno de los cónyuges sin el consentimiento del otro. En este caso no se presenta convenio regulador, sino que los términos que debería comprender son acordados por el juez tras la valoración de las pruebas practicadas en el juicio.

Modificación de medidas: Es un procedimiento regulado en el artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil por el cual los cónyuges de mutuo acuerdo, o bien uno de ellos pueden solicitar del tribunal la modificación de las medidas definitivas convenidas previamente en el divorcio o separación por los cónyuges o en defecto de acuerdo de las adoptadas por el Juez  por sentencia de divorcio, siempre que hayan variado sustancialmente las circunstancias tenidas en cuenta al aprobarlas o acordarlas.

Liquidación del regimén económico matrimonial: La liquidación de la sociedad conyugal supone el final de la relación económica que tiene su origen en el matrimonio o situaciones análogas. Normalmente se lleva a cabo cuando finaliza el matrimonio, por nulidad, separación o divorcio, pero puede realizarse en cualquier momento en que se decida modificar el régimen económico matrimonial u otorgar capitulaciones que modifiquen el régimen vigente.